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Naturalidad

Reivindicaciones ligadas al producto final


Fuente : Laboratoires Expanscience – Position sur la naturalité – Marzo 2010

• Reivindicación de « natural » :

De acuerdo con el enfoque general descrito en este texto, podremos explotar en nuestra comunicación la mención « prioridad por ingredientes de origen natural ». Esta mención describe el compromiso de la marca con respecto a los ingredientes que selecciona.

Además, conforme a las recomendaciones del organismo certificador (ECOCERT) y las recomendaciones de la ARPP (Autoridad de Regulación Profesional de Publicidad -en Francia-) sobre los productos naturales, consideramos que nuestros productos pueden reivindicar menciones del tipo « producto natural » o « producto de origen natural » siempre y cuando cumplan las siguientes reglas :

  - Cuando al menos el 95% de los ingredientes del producto sean naturales o de origen natural se puede hablar de :
   - « producto natural »
   - y reivindicar las alegaciones que se citan a continuación

  - Cuando más del 75% y menos del 95% de los ingredientes de un producto sean naturales o de origen natural se puede hablar de :
    - « producto de origen natural » 
    - « producto a base de ingredientes naturales o de origen natural »*
    - « producto elaborado con un X% de ingredientes naturales o de origen natural »
    - el % de ingredientes naturales o de origen natural « X% de ingredientes naturales o de origen natural »

El % del resto de ingredientes, en estos casos, deben ser únicamente ingredientes autorizados en este texto.

Estas alegaciones tanto en los productos como en el material de comunicación están asociadas a un link en nuestra página de internet que redirige a esta página para más información.


Reivindicaciones « bio » :

Cualquier alegación o reivindicación de tipo « bio » tiene que ir asociada a un referencial (por ejemplo : cosmebio) y la certificación de nuestros ingredientes y productos referidos al organismo certificador (ECOCERT u otro).

* En cuanto a las recomendaciones BVP (Bureau de Vérification de la Publicité) de 1998 que establecen que el término « a base de » sólo puede utilizarse si el ingrediente en cuestión es el responsable de la propiedad principal que se le atribuye al producto o si éste constituye más del 50% de la composición del mismo.


DDA