
Definición de "natural" por Laboratorios Expanscience
Definición
Ingredientes
Procesos de transformación/obtención
Reivindicaciones ligadas al producto final
Fuente : Laboratoires Expanscience – Position sur la naturalité – Marzo 2010
• Reivindicación de « natural » :
De acuerdo con el enfoque general descrito en este texto, podremos explotar en nuestra comunicación la mención « prioridad por ingredientes de origen natural ». Esta mención describe el compromiso de la marca con respecto a los ingredientes que selecciona.
Además, conforme a las recomendaciones del organismo certificador (ECOCERT) y las recomendaciones de la ARPP (Autoridad de Regulación Profesional de Publicidad -en Francia-) sobre los productos naturales, consideramos que nuestros productos pueden reivindicar menciones del tipo « producto natural » o « producto de origen natural » siempre y cuando cumplan las siguientes reglas :
- Cuando al menos el 95% de los ingredientes del producto sean naturales o de origen natural se puede hablar de :
- « producto natural »
- y reivindicar las alegaciones que se citan a continuación
- Cuando más del 75% y menos del 95% de los ingredientes de un producto sean naturales o de origen natural se puede hablar de :
- « producto de origen natural »
- « producto a base de ingredientes naturales o de origen natural »*
- « producto elaborado con un X% de ingredientes naturales o de origen natural »
- el % de ingredientes naturales o de origen natural « X% de ingredientes naturales o de origen natural »
El % del resto de ingredientes, en estos casos, deben ser únicamente ingredientes autorizados en este texto.
Estas alegaciones tanto en los productos como en el material de comunicación están asociadas a un link en nuestra página de internet que redirige a esta página para más información.
• Reivindicaciones « bio » :
Cualquier alegación o reivindicación de tipo « bio » tiene que ir asociada a un referencial (por ejemplo : cosmebio) y la certificación de nuestros ingredientes y productos referidos al organismo certificador (ECOCERT u otro).
* En cuanto a las recomendaciones BVP (Bureau de Vérification de la Publicité) de 1998 que establecen que el término « a base de » sólo puede utilizarse si el ingrediente en cuestión es el responsable de la propiedad principal que se le atribuye al producto o si éste constituye más del 50% de la composición del mismo.